Andrea Gonzalez, Secretaria Técnica de la Defensoría del Consumidor Automotor nos da estos consejos para saber nuestros derechos en la adquisición de un vehículo
La información es la clave
Todo consumidor como tiene derechos, también tiene obligaciones. El consumidor tiene que informarse cuáles son las características, los diversos precios del mercado, qué ofrece y qué no ofrece la garantía.
Si tienen una duda comunicarse con el proveedor o mandarle el correo y que esas dudas se resuelvan antes de tomar la decisión de comprar un vehículo, porque con toda esta información el consumidor se va a poder empoderar y conocer sus derechos.
Tienes que leer todo ¡TODO!
También es necesario que también se lea el manual de garantía, el manual de propietario, porque también se tiene obligaciones, para tener un adecuado uso del vehículo y se pueda realmente disfrutar que para eso lo adquiriste.
A nosotros nos han llegado casos en los que se ha adquirido un vehículo en un determinado concesionario y luego han ido a otro a preguntar por el mismo vehículo y el precio era diferente.
A veces dicen ‘es que el vendedor me ofreció 3 accesorios adicionales y cuando me entregaron el carro no tenía ninguno’. Entonces nosotros decimos ¿dónde está el documento donde se te ofreció o la ficha técnica? Y nos responden ‘no, solamente me lo dijo’.
Es necesario que el consumidor lea toda la información que se le está dando y requiera toda la información que puede necesitar.
Nosotros ofrecemos la alternativa a que también nos escriban a nuestro correo
¿Qué sucede con los autos de segundo uso que venden?
Cuando un vehículo es de segundo uso, hay términos y condiciones diferentes para el consumidor con respecto a un vehículo nuevo, por lo que hay que verificar realmente qué es lo que ha ocurrido.
Pero también puede haber sido un tema de información. Hemos tenido casos en los que el reclamante ha dicho: ‘no me informaron que el vehículo no tenía tal o cual particularidad’.
O por ejemplo si el carro ya ha tenido un siniestro, las bolsas de aire se hayan activado y no se le informara al nuevo propietario. Eso definitivamente nosotros lo podríamos ver y de verificar si es cierto, vamos a llegar a un acuerdo y de establecer la responsabilidad del proveedor.
¿Y si tuve un accidente y el vehículo no respondió como debería? ¿Debería ir a Indecopi o al Poder Judicial o a la DCA?
Recomendamos siempre que el consumidor acuda con nosotros porque esta instancia ha sido creada por el gremio (automotor) en atención a la necesidad de brindar un servicio ágil y rápido para sus consumidores.
Nosotros vemos el reclamo y vamos a tratar que las partes lleguen a un acuerdo que en el Poder Judicial les tomaría de 5 a 10 años. Pero a la vez si no se llega a un acuerdo y dependiendo de la pretensión del consumidor, podemos recomendarle la instancia pertinente.
Es decir, que si se quiere una indemnización, Indecopi no te la va a dar. Como DCA velaremos que el proveedor si en efecto ha tenido responsabilidad, pueda evaluar entregarle un monto al consumidor de acuerdo a lo solicitado.
* La Defensoría del Consumidor Automotor o DCA es una institución que vela por los derechos del consumidor final en la adquisición de un vehículo.
Su misión es agilizar procesos que en instancias judiciales o administrativas tomarían mucho más tiempo y establecer un contacto más cercano y directo entre el consumidor final y la empresa que brinda el vehículo o el servicio.
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