Según establece la Ordenanza 1974, los conductores de vehículos que ocasionen un accidente de tránsito bajo los efectos del alcohol o que agredan físicamente a un inspector municipal, serán sancionados con la inhabilitación de manera definitiva para brindar el servicio del transporte público.
“La multa para la empresa operadora equivale a cuatro UIT (S/15.800), mientras que la suspensión de operación rige por 60 días. En caso de reincidencia, la multa se elevará a ocho UIT (S/31.600) y la suspensión se prolongará 120 días”, detalló Álvaro Castro, gerente de Transporte Urbano.
Además, se establece que las empresas de transporte público y los vehículos sancionados por accidentes de tránsito ya no tendrán el beneficio del pronto pago, por lo que deberán abonar el 100% de las multas impuestas.
Con esta medida, los inspectores ya podrán aplicar papeletas y retener las licencias de conducir, además, pueden grabar cualquier incidencia durante su fiscalización con dispositivos móviles o cámaras.
Según Castro, dicha medida busca disuadir la conducta infractora de los operadores de transporte y reducir los accidentes.